pautaS de convivencia
El socio y/o sus adicionales se comprometen a cumplir las reglas y reglamentos, leyes y decretos que se encuentren periódicamente vigentes, para el uso del servicio que se detallan a continuación:
La enumeración de las pautas de convivencia es meramente enunciativa y no taxativa por lo que MEGATLON se reserva el derecho de ampliar, agregar, reducir o modificar las mismas de manera unilateral y conforme su misión, objeto y espíritu corporativo. En caso de incumplimiento con las pautas de convivencia MEGATLON podrá aplicar cualquiera de las siguientes sanciones que estime convenientes: (i) llamado de atención; (ii) multa; (iii) suspensión; (iv) expulsión mediante la rescisión del contrato.Las sanciones podrán ser comunicadas por escrito, en forma verbal o de manera digital a través de un mail, mensaje de texto o chat. No obstante lo cual, en ningún caso, la aplicación de cualquiera de las sanciones previstas podrá significar que MEGATLON renuncia o menoscabar de cualquier manera su derecho de reclamar por los daños y perjuicios que la conducta del socio pudiera ocasionar. Sin perjuicio de lo expuesto, MEGATLON se reserva el derecho de admisión de socios y/o invitados cuando lo estime razonablemente conveniente y a su exclusivo criterio. Los socios utilizarán las instalaciones, equipos y maquinarias bajo su propia responsabilidad y se obligan a mantener indemne y liberaran a MEGATLON, sus empleados, directores y accionistas de cualquier responsabilidad derivada de su uso.
- Cumplir con todas las pautas escritas que se publiquen en las sedes.
- Cuidar y utilizar las instalaciones, equipos y servicios de MEGATLON de manera de responsable de forma tal que los socios podamos disfrutar de ellos.
- Ordenar y devolver los equipos y accesorios al mismo lugar del cual fueron tomados.
- Utilizar los teléfonos celulares en el interior de las sedes en modo silencioso para no molestar a los demás socios.
- Utilizar los equipos de a uno a la vez y esperar la disponibilidad de las máquinas respetando el orden de llegada y haciendo un uso razonable de las mismas.
- Los socios declaran bajo juramento estar en plenas condiciones de salud para realizar actividades físicas.
- Los socios declaran bajo juramento no tener una enfermedad contagiosa que pueda perjudicar a terceros y asumen plena responsabilidad en caso de incumplir con dicha pauta, obligándose a mantener indemne a MEGATLON, sus empleados, directores y accionistas por cualquier reclamo originado en el incumplimiento de esta pauta.
- Está prohibido cualquier conducta que sea contraria a la moral y a las buenas costumbres y que sea contraria a la pacífica convivencia entre los socios y el personal de cada una de las sedes, incluyendo sin limitación tener relaciones sexuales dentro de las sedes o sus vestuarios.
- Está prohibido comercializar bienes o servicios en las instalaciones.
- Está prohibida la utilización de las sedes, instalaciones, maquinaria y/o equipos para un fin que sea distinto para el cual fueron concebidas: entrenamiento físico.
- Está prohibido gritar, insultar o dirigirse de cualquier manera inapropiada respecto de los demás socios y empleados de la sede.
- Está prohibido agredir de cualquier manera a otros socios y/o empleados de las sedes.
- Es obligatorio la utilización de ropa y calzado apropiados para la práctica deportiva y entrenamiento en general. Está prohibido ingresar a las sedes desnudo o con el torso descubierto.
- No está permitido quedarse sentado en los equipos o máquinas sin utilizarlos cuando hay otros socios que los quieran utilizar.
- No se puede comer, fumar o ingerir cualquier tipo de drogas dentro de las instalaciones de las sedes.
- No está permitido entrar a las sedes con animales.
- Está prohibido ingresar a las sedes portando armas y/o explosivos de cualquier tipo.
- Está prohibido el hurto o robo y la comisión de cualquier tipo de delitos.
La enumeración de las pautas de convivencia es meramente enunciativa y no taxativa por lo que MEGATLON se reserva el derecho de ampliar, agregar, reducir o modificar las mismas de manera unilateral y conforme su misión, objeto y espíritu corporativo. En caso de incumplimiento con las pautas de convivencia MEGATLON podrá aplicar cualquiera de las siguientes sanciones que estime convenientes: (i) llamado de atención; (ii) multa; (iii) suspensión; (iv) expulsión mediante la rescisión del contrato.Las sanciones podrán ser comunicadas por escrito, en forma verbal o de manera digital a través de un mail, mensaje de texto o chat. No obstante lo cual, en ningún caso, la aplicación de cualquiera de las sanciones previstas podrá significar que MEGATLON renuncia o menoscabar de cualquier manera su derecho de reclamar por los daños y perjuicios que la conducta del socio pudiera ocasionar. Sin perjuicio de lo expuesto, MEGATLON se reserva el derecho de admisión de socios y/o invitados cuando lo estime razonablemente conveniente y a su exclusivo criterio. Los socios utilizarán las instalaciones, equipos y maquinarias bajo su propia responsabilidad y se obligan a mantener indemne y liberaran a MEGATLON, sus empleados, directores y accionistas de cualquier responsabilidad derivada de su uso.