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pautaS de convivencia

El socio y/o sus adicionales se comprometen a cumplir las reglas y reglamentos, leyes y decretos que se encuentren periódicamente vigentes, para el uso del servicio que se detallan a continuación:

  1. Cumplir con todas las pautas escritas que se publiquen en las sedes.
  2. Cuidar y utilizar las instalaciones, equipos y servicios de MEGATLON de manera de responsable de forma tal que los socios podamos disfrutar de ellos.
  3. Ordenar y devolver los equipos y accesorios al mismo lugar del cual fueron tomados.
  4. Utilizar los teléfonos celulares en el interior de las sedes en modo silencioso para no molestar a los demás socios.
  5. Utilizar los equipos de a uno a la vez y esperar la disponibilidad de las máquinas respetando el orden de llegada y haciendo un uso razonable de las mismas.
  6. Los socios declaran bajo juramento estar en plenas condiciones de salud para realizar actividades físicas.
  7. Los socios declaran bajo juramento no tener una enfermedad contagiosa que pueda perjudicar a terceros y asumen plena responsabilidad en caso de incumplir con dicha pauta, obligándose a mantener indemne a MEGATLON, sus empleados, directores y accionistas por cualquier reclamo originado en el incumplimiento de esta pauta.
  8. Está prohibido cualquier conducta que sea contraria a la moral y a las buenas costumbres y que sea contraria a la pacífica convivencia entre los socios y el personal de cada una de las sedes, incluyendo sin limitación tener relaciones sexuales dentro de las sedes o sus vestuarios.
  9. Está prohibido comercializar bienes o servicios en las instalaciones.
  10. Está prohibida la utilización de las sedes, instalaciones, maquinaria y/o equipos para un fin que sea distinto para el cual fueron concebidas: entrenamiento físico.
  11. Está prohibido gritar, insultar o dirigirse de cualquier manera inapropiada respecto de los demás socios y empleados de la sede.
  12. Está prohibido agredir de cualquier manera a otros socios y/o empleados de las sedes.
  13. Es obligatorio la utilización de ropa y calzado apropiados para la práctica deportiva y entrenamiento en general. Está prohibido ingresar a las sedes desnudo o con el torso descubierto.
  14. No está permitido quedarse sentado en los equipos o máquinas sin utilizarlos cuando hay otros socios que los quieran utilizar.
  15. No se puede comer, fumar o ingerir cualquier tipo de drogas dentro de las instalaciones de las sedes.
  16. No está permitido entrar a las sedes con animales.
  17. Está prohibido ingresar a las sedes portando armas y/o explosivos de cualquier tipo.
  18. Está prohibido el hurto o robo y la comisión de cualquier tipo de delitos.

La enumeración de las pautas de convivencia es meramente enunciativa y no taxativa por lo que MEGATLON se reserva el derecho de ampliar, agregar, reducir o modificar las mismas de manera unilateral y conforme su misión, objeto y espíritu corporativo. En caso de incumplimiento con las pautas de convivencia MEGATLON podrá aplicar cualquiera de las siguientes sanciones que estime convenientes: (i) llamado de atención; (ii) multa; (iii) suspensión; (iv) expulsión mediante la rescisión del contrato.Las sanciones podrán ser comunicadas por escrito, en forma verbal o de manera digital a través de un mail, mensaje de texto o chat. No obstante lo cual, en ningún caso, la aplicación de cualquiera de las sanciones previstas podrá significar que MEGATLON renuncia o menoscabar de cualquier manera su derecho de reclamar por los daños y perjuicios que la conducta del socio pudiera ocasionar. Sin perjuicio de lo expuesto, MEGATLON se reserva el derecho de admisión de socios y/o invitados cuando lo estime razonablemente conveniente y a su exclusivo criterio. Los socios utilizarán las instalaciones, equipos y maquinarias bajo su propia responsabilidad y se obligan a mantener indemne y liberaran a MEGATLON, sus empleados, directores y accionistas de cualquier responsabilidad derivada de su uso.